El Constitucional encalla en dos aspectos clave del Estatuto catalán · ELPAÍS.com#
EnlaceComentarios: "20-iralmeollo - 23-08-2009 - 08:57:22h
El quid de la cuestión es que 'las obligaciones derivadas de la ley no se presumen...' (artículo 1.090 del Codigo Civil), del ´catalán, del aragonés, del gallego, del andaluz.......y por eso....., porque no se presumen........, no se entiende tanta obligación. Al examen de Septiembre....a ver si cuela"
No se entiende por tanto la exacerbación en la disputa de la obligación de conocer la lengua, si el principio de libertad, la libertad fundamental, es la de que por muchas leyes que se positiven siempre estará la autonomía de la voluntad primero, no como una posición anárquica, contra-legem, sino como una categoría esencial al mismo principio de legalidad.
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